Senadores pondrán este miércoles en agenda proyecto para modificar Constitución

| 5 mayo, 2015

A4088323-1C38-4AA9-A292-32111B8EAD11.jpg__270__200__CROPz0x270y200SANTO DOMINGO.- El Senado de la República colorará este miércoles en agenda el proyecto de reforma constitucional que busca abrir paso a una eventual repostulación del presidente Danilo Medina, para las elecciones de 2016.

El proyecto procura  convocar a la asamblea nacional en funciones de  asamblea revisora, a los fines de modificar el artículo 124 de la Carta Sustantiva de fecha 26 de enero de 2010, según lo disponen los artículos 269 y 270 de la Constitución.

La iniciativa será sometida al pleno del organismo y  remitida a una comisión especial para su estudio y ponderación, como anunciará la semana pasada la presidente del Senado, Cristiana Lizardo.

El pasado jueves la pieza legislativa fue introducida al Congreso y cuenta con el apoyo de 13 legisladores de la cámara alta.

Mientras que senadores y diputados que siguen al expresidente Leonel Fernández reiteraron  su postura de no favorecer una modificación de la carta sustantiva.

El vocero del bloque de diputados del Partido de la Liberación Dominicana, Rubén Maldonado, expresó que como no se ha conversado con los congresistas éstos esperan que se busque el consenso con ellos.

Afirmó que en las reuniones que se hicieron con senadores y diputados, sólo se les informó el contenido del proyecto para reformar la Constitución.

Aseguró que la reforma constitucional aún no cuenta con los votos necesarios en el Congreso.

En tanto,  que el  vicepresidente del Senado, Francis Vargas, manifestó que la presidenta de la Cámara Alta, Cristina Lizardo, anunció que ese proyecto va una comisión para su estudio y ponderación.

El legislador por la provincia de Puerto Plata adelantó que la posición de la semana pasada de 15 senadores se mantiene igual, porque están en desacuerdo con la reforma a la Carta Magna.

Añadió que la pieza es organizada, según lo que establece el artículo 112 de la Carta Sustantiva, y que todo proyecto con esa categoría debe ser aprobada por las dos terceras partes presente.

Manifestó que el PLD es un partido democrático donde se le permite expresar sus consideraciones y que están haciendo uso de ese derecho constitucional.

Entiende que los dos líderes del partido, Danilo Medina y Leonel Fernández, debe darse una oportunidad y reunirse que ya no son solamente de esa agrupación política, sino del país, “ En manos de ellos está el fortalecimiento de la democracia”,  el vicepresidente del Senado.

En iguales términos se expresó el  senador por la provincia de Pedernales, Dionis Sánchez, quien    dijo que se hace necesaria una reunión entre Leonel y Danilo, y que los dirigentes que están alrededor de ellos allanen el camino para que se puedan poner de acuerdo.

En cambio, el senador Amilka Romero negó que en el PLD  haya una crisis en esa organización político, sino un debate en torno al proyecto de reforma a la Constitución,  que  busca instituir la reelección presidencial, por dos periodos consecutivos y nunca más.

Carta Magna

La Constitución en su artículo 269, se refiere a iniciativa  de reforma constitucional, y establece que esta Constitución podrá ser reformada si la proposición de reforma se presenta en el Congreso Nacional con el apoyo de la tercera parte de los miembros de una u otra cámara, o si es sometida por el Poder Ejecutivo.

En tanto que el artículo 270, se refiere a la convocatoria Asamblea Nacional Revisora. La necesidad de la reforma constitucional se declarará por una ley de convocatoria. Esta ley, que no podrá ser observada por el Poder Ejecutivo, ordenará la reunión de la Asamblea Nacional Revisora, contendrá el objeto de la reforma e indicará el o los artículos de la Constitución sobre los cuales versará.

Mientras que el artículo 271. Tiene que ver con el quórum de la Asamblea Nacional Revisora. Para resolver acerca de la reforma propuesta, la Asamblea Nacional Revisora se reunirá dentro de los quince días siguientes a la publicación de la ley que declara la necesidad de la reforma, con la presencia de más de la mitad de los miembros de cada una de las cámaras.

Añade que sus decisiones se tomarán por la mayoría de las dos terceras partes de los votos. No podrá iniciarse la reforma constitucional en caso de vigencia de alguno de los estados de excepción previstos en el artículo 262. Una vez votada y proclamada la reforma por la Asamblea Nacional Revisora, la Constitución será publicada íntegramente con los textos reformados.

Fuente: El Nuevo Diario

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